Línea ICO Verde

Ayudas Público 08/10/2024 0 50
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Plazo solicitudes hasta el 31 de agosto 2026

OBJETIVO

Financiar proyectos a empresas privadas y públicas y hogares con el objetivo de apoyar la transición verde.

AYUDA

Préstamos. Se utilizarán los cuatro tipos de instrumentos financieros previstos:

Líneas de Mediación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con Entidades Financieras: 

  • Se podrá financiar el 100% del proyecto.

  • Largos plazos de amortización y carencia.

  • Las entidades financieras estudian y analizan las operaciones.

Financiación directa de ICO:

  • Se podrá financiar hasta el 70% del proyecto

  • En cofinanciación con entidades financieras privadas en igualdad de condiciones.

Adquisición de titulos de deuda que emitan las empresas para financiación de sus proyectos:

  • Para empresas españolas con programas de emisión de deuda en mercados organizados.

Inversiones en capital riesgo a través de AXIS, gestora de capital riesgo del ICO:

  • Inversiones a través de gestoras/fondos en capital riesgo supervisadas por CNMV, ESMA u otro organismo de supervisión de la UE.

  • Co-inversiones directas en startups y scale-ups.

  • Para proyectos digitales y verdes.

  • La participación de AXIS será como máximo del 49%.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Se financiarán proyectos económicamente viables que cumplan con el etiquetado (tagging) verde correspondiente, es decir, que se puedan considerar incluidos en alguna de las actividades climáticas o medioambientales con una contribución al cambio climático de al menos el 40%

Estos préstamos se podrán destinar, entre otras finalidades, al desarrollo de proyectos de transporte sostenible, eficiencia energética, energías renovables, descarbonización de la industria, gestión del agua, economía circular y adaptación al cambio climático.

REQUISITOS

Requisitos comunes que deben cumplir todas las operaciones:

  • La financiación no podrá destinarse a refinanciaciones ni reestructuraciones.

  • La financiación no podrá destinarse a cubrir los mismos costes que estén cubiertos por otras subvenciones/préstamos/garantías de fondos europeos.

  • El receptor de la financiación ha de estar al corriente de pago de las obligaciones reembolso de otros préstamos o anticipos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

  • Se deberá identificar la titularidad real de los perceptores finales de las operaciones (según el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021)

  • Todos los proyectos e inversiones financiadas han de ser económicamente viables.

  • Todas las operaciones que se financien con recursos del PRTR (Fondos Next Gen) deberán acreditar que cumplen con el principio DNSH (Do No Significant Harm). Este principio es una condición definida por la Comisión que obliga a realizar una autoevaluación que asegure que la inversión o reforma no afecta negativamente a uno, o varios, de los 6 objetivos medioambientales definidos en el Reglamento 852/2020.